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La Contraloría General de la República resolvió que no procede poner término a la relac…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió que no procede poner término a la relación laboral de una profesional de la educación por evaluación insatisfactoria en tres períodos consecutivos, porque al momento de la tercera calificación la docente no había ejecutado las acciones de superación profesional que le correspondían conforme a la ley N° 19.070 y al decreto N° 192, de 2004, del Ministerio de Educación, cuya implementación debió procurar la municipalidad. El dictamen explica que los planes de superación profesional buscan apoyar al docente calificado deficientemente, y que la omisión de la Administración municipal impide realizar una nueva evaluación en los términos legales. Por ello, ordena que la docente sea sometida a una nueva evaluación, la que sólo podrá realizarse una vez cumplidas esas acciones de superación.

Normas citadas

  • ley 19070 art/70 inc/7
  • ley 20501
  • dto 192/2004 educa art/11 inc/1
  • dto 192/2004 educa art/1 lt/g
  • ley 20079 art/36 inc/3
  • dto 192/2004 educa art/10
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio poner término a un docente por evaluación insatisfactoria en tres períodos consecutivos si no le ofreció planes de superación profesional?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no procede el término de la relación laboral, porque al momento de la tercera calificación la docente no había ejecutado las acciones de superación profesional que le correspondían, cuya implementación debió procurar la municipalidad.

¿Qué efecto tiene la omisión del municipio en los planes de superación profesional de un docente calificado deficientemente?

En este caso, el organismo explicó que los planes buscan apoyar al docente calificado deficientemente y que la omisión de la Administración municipal impide realizar una nueva evaluación en los términos legales.

¿Qué debe hacerse con un docente evaluado insatisfactoriamente cuando no se cumplieron sus acciones de superación profesional?

En este caso, la Contraloría ordenó que la docente sea sometida a una nueva evaluación, la que sólo podrá realizarse una vez cumplidas las acciones de superación profesional.

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