El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Educación, ordenando la entrega de los audios de los instrumentos de evaluación de conocimientos específicos de las asignaturas de inglés y francés del año 2019. Se determinó que no se acreditó la causal de reserva del artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia, aplicando el criterio de decisiones previas que establecen que la evaluación docente busca fortalecer la profesión y mejorar la calidad de la educación, lo que justifica el control social. La Subsecretaría deberá entregar la información en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de multa y otras sanciones en caso de incumplimiento.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 19.070
Ley N° 20.903
DFL N° 1
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Procede entregar los audios de los instrumentos de evaluación docente si se invoca la reserva del artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y determinó que no se acreditó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, por lo que ordenó entregar los audios de las evaluaciones de conocimientos específicos de inglés y francés. Sostuvo que la evaluación docente busca fortalecer la profesión y mejorar la calidad de la educación, lo que justifica el control social.
¿Qué plazo tiene la Subsecretaría de Educación para entregar la información tras una decisión de amparo del Consejo para la Transparencia?
En este caso, el Consejo ordenó a la Subsecretaría de Educación entregar la información en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Si no cumple, se expone a multas y otras sanciones.
¿Puede un organismo público negarse a entregar evaluaciones docentes argumentando que su divulgación afecta la función educativa?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó esa negativa, porque la Subsecretaría no acreditó la causal de reserva invocada. Aplicó decisiones previas que sostienen que la evaluación docente tiene como fin fortalecer la profesión y mejorar la calidad de la educación, lo que justifica el control social.
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