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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Cauquenes, ordenando entregar copias de contratos y finiquitos de la Dirección de Administración de Educación Municipal (DAEM) correspondientes al período julio 2021 a febrero 2024, incluyendo contratos del programa SEP. Se consideró que la información solicitada es pública y que el municipio no acreditó la causal de reserva por distracción indebida. Se otorgó un plazo especial para la entrega, en formato PDF, con una leyenda que indique que es copia fiel del original. Además, se deberán tarjar datos personales de contexto, como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, entre otros. La resolución advierte que, de no cumplirse, se aplicarán las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, incluyendo multas y posible suspensión del cargo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negarse a entregar contratos y finiquitos de su DAEM invocando la reserva por distracción indebida?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y resolvió que la información es pública, porque el municipio no acreditó la causal de reserva por distracción indebida. Por ello, ordenó entregar los contratos y finiquitos solicitados.

¿Qué datos deben tarjarse al entregar contratos y finiquitos de funcionarios de un municipio?

En este caso, el Consejo ordenó tarjar datos personales de contexto, como cédula de identidad, domicilio y fecha de nacimiento, antes de la entrega de la documentación.

¿Qué ocurre si un municipio no cumple una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo advirtió que, de no cumplirse la orden de entrega, se aplicarán las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, que incluyen multas y posible suspensión del cargo.

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