Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el personal de la Corporac…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el personal de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), regido por el Código del Trabajo y con remuneraciones fijadas según el artículo 9° del decreto ley N° 1.953, de 1977, tiene derecho al bono de escolaridad del artículo 13 de la ley N° 20.559. El organismo concluyó que estos trabajadores no quedan comprendidos en las excepciones del inciso segundo del artículo 1° de dicha ley, sino en el grupo del inciso primero, pues sus emolumentos son fijados por resolución conjunta, por lo que sí tienen derecho al bono. En consecuencia, acogió la solicitud de reconsideración formulada por CORFO y dejó sin efecto la observación formulada en el informe final N° 96, de 2012. Además, precisó que el bono no constituye remuneración, sino un beneficio pecuniario eventual y transitorio de seguridad social, destinado a apoyar la educación de los menores a cargo de los funcionarios.

Normas citadas

  • ley 20559 art/13
  • ley 20559 art/1 inc/2
  • dfl 211/60 Hacie art/9
  • dl 3551/80 art/38
  • dl 1953/77 art/9
  • ley 20559 art/1 inc/1
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tienen derecho al bono de escolaridad de la ley 20.559 los trabajadores de CORFO regidos por el Código del Trabajo?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el personal de CORFO regido por el Código del Trabajo, con remuneraciones fijadas según el artículo 9° del decreto ley N° 1.953, sí tiene derecho al bono de escolaridad, porque no queda comprendido en las excepciones del inciso segundo del artículo 1° de la ley.

¿El bono de escolaridad de la ley 20.559 es una remuneración?

En este caso, la Contraloría precisó que el bono de escolaridad no constituye remuneración, sino un beneficio pecuniario eventual y transitorio de seguridad social, destinado a apoyar la educación de los menores a cargo de los funcionarios.

¿Procede dejar sin efecto una observación de la Contraloría sobre el bono de escolaridad tras una solicitud de reconsideración?

En este caso, la Contraloría acogió la solicitud de reconsideración formulada por CORFO y dejó sin efecto la observación contenida en el informe final N° 96, de 2012, al concluir que los trabajadores sí tienen derecho al bono.

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