Laboral

El plazo establecido en el inciso primero del artículo 482 del Código del trabajo es de…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996

Resumen

El plazo establecido en el inciso primero del artículo 482 del Código del trabajo es de días corridos; y, la prórroga del mismo, si el último día cae en un día feriado, no procede.

Normas citadas

  • Código del trabajo
  • Artículo 482 del Código del trabajo
  • Código Civil
  • Artículo 49 del Código Civil
  • Artículo 50 del Código Civil

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