Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció del recurso de casación en la forma interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua de 2 de abril de 2015, la cual había confirmado el fallo de primer grado que rechazó la demanda. El recurso se sustentaba en la supuesta falta de consideración de los derechos de aprovechamiento de aguas y de un justo precio del inmueble. La Corte analizó los fundamentos de la sentencia impugnada y constató que los magistrados de la alzada habían valorado adecuadamente las pruebas, incluido el peritaje y los certificados de avalúo. Asimismo, se señaló que la ausencia de consideración de los derechos de agua no constituía una causal de casación, pues no formaba parte de la controversia. Con base en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, la Corte declaró inadmisible el recurso. En consecuencia, se mantuvo la decisión que rechazó la demanda y se ordenó la devolución del expediente.