1) Las remuneraciones que perciben los trabajadores de la Empresa de los Ferrocarriles…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1995
Resumen
1) Las remuneraciones que perciben los trabajadores de la Empresa de los Ferrocarriles de Estado por concepto de horas extraordinarias, son imponibles. 2) Las instrucciones Nº 13.13.94-96 de 15.03.94 impartidas a dicha Empresa por el fiscalizador Sr. M.E.D. V. de la Inspección Provincial del Trabajo del Maipo, se encuentran ajustadas a derecho.
Normas citadas
Código del Trabajo
Ley N° 18.018
D.L. N° 2.200
D.F.L. N° 3
Ley N° 17.273
D.L. N° 2440
Ley N° 10.343
Ley N° 15.386
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