Resumen del criterio jurisprudencial
Niega lugar a la reconsideración de la Resolución Nº 64, de 24.11.94, de Sr. Director Regional del Trabajo, Región de la Araucanía, por la cual se rechazó la impugnación de instrucciones contenidas en el punto Nº 17), del oficio Nº 94-032, de fecha 28.09.94, impartidas por el fiscalizador Sr. Roberto Silva Labra a la Empresa Navarrete y Díaz Cumsille Ingenieros Civiles S.A., en que se ordena el pago de horas extraordinarias por el período marzo a agosto de 1994, respecto del personal que labora en la faena de Pucón.