Consumidor

El presente dictamen, Solicitud de Interpretación Administrativa N°30.118, resuelve que…

Resumen del criterio jurisprudencial

El presente dictamen, Solicitud de Interpretación Administrativa N°30.118, resuelve que el artículo 17 H inciso 4° de la Ley N° 19.496, no es aplicable a aquellas situaciones en que la empresa dispone una plataforma única de pago o recaudación, puesto que en tal caso no se restringe propiamente el medio de pago, entendido como el mecanismo por el cual se extingue la obligación, sea éste dinero, tarjeta de crédito, cheque u otro.

dictamen interpretativo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.