Seguridad social

Seguridad social: Prestaciones Médicas, Ley N° 16.744, Reeducación profesional

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley Nº 16.744. Prestaciones Médicas. Reeducación Profesional. Si la petición que formula un trabajador para la adquisición de un determinado equipo o material, solo obedece a sus gustos personales o a alguna necesidad subjetiva, aquélla deberá ser rechazada.

Prestaciones MédicasLey N° 16.744Reeducación profesional

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.