Resumen
La ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, confirmó la sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos, a través de la cual no dio lugar en todas su partes al reclamo interpuesto en contra de la liquidación emitida por el servicio de impuestos internos, unidad de osorno, que determinaron diferencias de impuestos a la renta de primera categoría. al efecto, el reclamante no logró acreditar los hechos en que funda sus pretensiones, esto es, la procedencia de deducción por gastos y ajustes(depreciación activo y corrección monetaria) efectuada por la contribuyente, declarándose en consecuencia que se confirma la liquidación respectiva.