Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría del Interior, respecto de diversa información sobre el expediente migratorio de la persona que indica. Lo anterior, por cuanto la institución obró conforme a la normativa legal, accediendo a la entrega de la documentación requerida y dando aplicación a lo dispuesto en el numeral 4.3 de la Instrucción General N°10 de este Consejo. Asimismo, por cuanto la Subsecretaría hizo entrega de la información que obraba en su poder sobre la materia, dando cumplimiento a su obligación de dar acceso a dicha documentación.