Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido por la reclamante en contra del Servicio Nacional de Migraciones, teniendo por entregada de manera extemporánea la información relativa a su solicitud de regularización migratoria por razones humanitarias o, en su defecto, el estado de tramitación de dicha solicitud. Lo anterior, tras hacerse efectivo el apercibimiento, ya que el órgano reclamado no se pronunció dentro del plazo otorgado, entendiéndose conforme con los antecedentes entregados fuera de plazo. Además, se representó al servicio la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad, por no responder dentro de los plazos legales, instando a adoptar medidas para evitar futuras reiteraciones.