Administrativo

Saldo de feriado que se genere producto de tener derecho a un mayor número de días que…

Resumen del criterio jurisprudencial

Saldo de feriado que se genere producto de tener derecho a un mayor número de días que aquellos durante los cuales permanece sin funcionar el servicio, se rige por las reglas generales previstas en el Estatuto Administrativo y, complementariamente, por las leyes Nos 21.306 y 21.405.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.