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La Contraloría General de la República dictaminó que los exdocentes que cesaron en sus…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República dictaminó que los exdocentes que cesaron en sus cargos por declaración de vacancia, conforme al artículo décimo transitorio de la Ley N° 20.501, no tienen derecho al bono postlaboral establecido en la Ley N° 20.305. Ello, porque el término de sus labores se produjo por una causal distinta a las exigidas por el artículo 2° de dicha ley (renuncia voluntaria, pensión de vejez, supresión del empleo o despido por necesidades de la empresa), y además ocurrió después de los 12 meses siguientes de haber cumplido la edad requerida de 60 años. En el caso concreto, la trabajadora cesó a los 62 años por una causal no contemplada, por lo que no cumple los requisitos legales para acceder al beneficio.

Normas citadas

  • ley 20305 art/1
  • ley 20305 art/2 num/4
  • ley 20305 art/2 num/5
  • CTR art/161 inc/1
  • ley 20501 art/décimo tran
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Tienen derecho al bono postlaboral de la Ley 20.305 los docentes que cesaron por vacancia según el artículo décimo transitorio de la Ley 20.501?

No, según este dictamen de la Contraloría General de la República. El término de funciones por vacancia no corresponde a ninguna de las causales que exige el artículo 2° de la Ley 20.305, y además se produjo después de los 12 meses siguientes a cumplir la edad requerida, por lo que no cumplen los requisitos para el beneficio.

¿Qué causales de término de la relación laboral permiten acceder al bono postlaboral de la Ley 20.305?

El artículo 2° de la Ley 20.305 exige renuncia voluntaria, pensión de vejez, supresión del empleo o despido por necesidades de la empresa. En este caso, la Contraloría sostuvo que una causal distinta, como la vacancia, no permite acceder al bono.

¿Puede una docente que cesó a los 62 años por vacancia reclamar el bono postlaboral si su término no fue una de las causales legales?

En este caso, la Contraloría concluyó que no, porque la trabajadora cesó por una causal no contemplada en la ley y, además, lo hizo después de los 12 meses siguientes a cumplir la edad requerida de 60 años. Por ello no cumple los requisitos legales para el beneficio.

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