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El documento analiza la distinción entre nulidad absoluta y nulidad relativa en el dere…

Sentencia · Corte Suprema · 2016

Resumen

El documento analiza la distinción entre nulidad absoluta y nulidad relativa en el derecho civil chileno, estableciendo que ambas son sanciones legales por omisión de requisitos en actos jurídicos. La nulidad absoluta se impone cuando faltan requisitos esenciales para la existencia del acto, mientras que la nulidad relativa sanciona omisiones de requisitos considerando la calidad o estado de las personas. El documento concluye que, a pesar de las diferencias conceptuales y causales entre ambos tipos de nulidad, sus efectos jurídicos son idénticos: retrotraer las cosas al estado anterior a la celebración del acto o contrato. En el caso específico analizado, aunque el tribunal declaró tanto nulidad absoluta como relativa de un contrato de compraventa, el efecto final sería el mismo independientemente de cuál hubiera sido la única causal acogida.

Normas citadas

  • Artículo 1681 del Código Civil
  • Artículo 1682 del Código Civil
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