Laboral

1).-La relación laboral entre un profesional de la educación que desempeña funciones de…

Resumen del criterio jurisprudencial

1).-La relación laboral entre un profesional de la educación que desempeña funciones de carácter técnico pedagógico en el nivel central de una Corporación Municipal y esta última se rige por las normas del Estatuto Docente y supletoriamente por el Código del Trabajo y sus leyes complementarias. 2).-Los profesionales de la educación antes señalados se rigen, en materia de feriado legal, por lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes del Código del Trabajo. 3).- No asiste a los referidos docentes el derecho a vacaciones de invierno, sin perjuicio de lo expuesto en el cuerpo del presente oficio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.