Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara no ha lugar al reclamo de avalúo en el que se alega aplicación errónea de las tablas de clasificación, lo anterior fundado en que la prueba rendida por la reclamante no es idónea técnicamente para acreditar y concluir que se ha dado aplicación errónea a las tablas de clasificación. por su parte, el tribunal del análisis de la prueba aportada por el servicio de impuestos internos pudo constatar que dicho servicio ha dado correcta aplicación a las tablas de clasificación conforme la resolución n° 132/31.12.2012. la sentencia de primera instancia es revocada por el tribunal especial de alzada de valparaíso, por sentencia dictada en causa rol tea, fundado en que la circular 7 de 2013 del servicio de impuestos internos, norma la aplicación de ajustes al avalúo del terreno a casos particulares de bienes raíces no agrícolas no habitacionales reavaluados, por lo que procede aplicar un ajuste de 0.8 al valor del terreno por las características particulares del predio, en cuanto a forma, emplazamiento y superficie, el que posee un menoscabo respecto a su uso propiamente tal, asociado a la ley lorca que le restringe.