Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfunciona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, a quien se le aplicó la medida de baja por mala conducta tras un sumario administrativo. El requirente pidió la reapertura del sumario, su reincorporación y una indemnización de perjuicios. El organismo señaló que no procede la reapertura porque la acción disciplinaria se encuentra prescrita, al haber transcurrido el plazo de cuatro años del artículo 158 de la ley N° 18.834, y que, por ello, la autoridad está impedida de modificar o dejar sin efecto la sanción. Respecto a la reincorporación, indicó que no se cumplen las exigencias del artículo 139 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, pues no consta que el castigo se haya impuesto por hechos constitutivos de delito y que el funcionario haya sido absuelto o sobreseído en sede penal. Finalmente, declinó pronunciarse sobre la indemnización, por tratarse de un asunto litigioso de competencia de los tribunales de justicia.

Normas citadas

  • ley 18834 art/158 inc/1
  • dfl 1/80 Defen art/139 inc/1
  • ley 10336 art/6 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede reabrir un sumario administrativo y dejar sin efecto una sanción de baja si la acción disciplinaria ya prescribió?

En este caso, la Contraloría General de la República señaló que no procede la reapertura del sumario porque la acción disciplinaria estaba prescrita, al haber transcurrido el plazo de cuatro años del artículo 158 de la ley N° 18.834. Por ello, la autoridad está impedida de modificar o dejar sin efecto la sanción.

¿Cuándo procede la reincorporación de un funcionario de la PDI que fue dado de baja por mala conducta?

En este caso, el organismo indicó que no se cumplen las exigencias del artículo 139 del DFL N° 1 de 1980 del Ministerio de Defensa Nacional, porque no consta que la sanción se haya impuesto por hechos constitutivos de delito ni que el funcionario haya sido absuelto o sobreseído en sede penal.

¿La Contraloría puede pronunciarse sobre una indemnización de perjuicios por una desvinculación de la PDI?

En este caso, la Contraloría declinó pronunciarse sobre la indemnización solicitada, por tratarse de un asunto litigioso de competencia de los tribunales de justicia.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2016 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de un dictamen…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reapertura de un sumario a…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de reabrir un…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la solicitud de reapertura de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.