Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Consejero Regional por Iquique, Pedro Armando Cisternas Flores, reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales, desestimó el reembolso y ordenó devolución al aportante. El administrador electoral no acreditó gastos menores por $100.740 y $168.200 al no acompañar documentos tributarios. Asimismo, un gasto de $1.200.000 por arriendo de vehículo no fue incorporado en el informe de gastos antes del día de la elección. El Tribunal consideró que no hubo impedimento o fuerza mayor para excusar el incumplimiento. En consecuencia, rechazó la reclamación y confirmó la resolución impugnada. La decisión se funda en los artículos 17 y 50 de la Ley N°19.884.