Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante, candidata a Consejera Regional por la Región del Biobío en las elecciones de 2024, impugnó la resolución del Director del Servicio Electoral N° G9643, de 30 de abril de 2025, que rechazó por omisiones graves su cuenta de ingresos y gastos electorales y desestimó su solicitud de reembolso. El reparo consistía en un gasto de $2.023.000 por arriendo de inmueble cuya factura fue anulada por nota de crédito, circunstancia reconocida por la reclamante. El Tribunal consideró que no se acreditó impedimento o fuerza mayor que excusara el incumplimiento de la contabilidad electoral. El gasto observado representaba un 43,32% de los egresos declarados, lo que comprometía relevantemente la integridad de la cuenta electoral. Por ello, resultaba procedente el rechazo total de la cuenta conforme al artículo 50 de la Ley N°19.884. En consecuencia, se rechazó la reclamación.