Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido contra el Instituto de Salud Pública de Chile, ordenándose informar si la persona consultada sigue siendo funcionaria del ISP y en qué cargo. En caso contrario, informar la fecha de su desvinculación y los motivos de aquello. Lo anterior, por tratarse de información de naturaleza pública - referida a funcionario público - respecto de la cual el organismo accedió a su entrega, sin verificarse los presupuestos para la configuración de la hipótesis especial de entrega del artículo 15 de la Ley de Transparencia, para la entrega de esta información. En virtud del principio de divisibilidad previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia.