Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de reapertura de un sumario administrativo presentada por exfuncionarios que fueron destituidos y posteriormente sobreseídos en sede penal. El dictamen señala que la autoridad no está obligada a reabrir el sumario cuando la destitución no fue consecuencia exclusiva de hechos constitutivos de delito, sino también por vulneración de deberes funcionarios. En el caso concreto, los afectados fueron sancionados por faltas administrativas, como no observar obligaciones estatutarias, mientras que el sobreseimiento penal se debió a la falta de acreditación de dolo en una eventual malversación de caudales públicos. Al tratarse de conductas de distinta naturaleza, la negativa del organismo a reabrir el sumario se ajustó a derecho.