Laboral

1) Se ajusta a derecho la clasificación automática de la categoría d) a la categoría c)…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) Se ajusta a derecho la clasificación automática de la categoría d) a la categoría c) Técnicos de Nivel Superior que prevé el artículo 5º de la ley 19.378, de la funcionaria Claudia Rotter Fourdraine, realizada por la Corporación Municipal de Viña del Mar en virtud de lo dispuesto por el artículo 3º transitorio de la ley 20.157. 2) Para acceder a la categoría c) Técnicos de Nivel Superior que contempla el artículo 5º de la ley 19.378, solamente se exige acreditar que se está en posesión de un título de nivel superior, es decir, aquellos otorgados en centros de formación técnica o de un instituto profesional, que le confiere la capacidad y conocimientos necesarios para desempeñarse en una especialidad de apoyo al nivel profesional y, por ende, no necesariamente debe estar vinculado, ni estar en relación ni tenga que ser pertinente, al área de salud.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.