Resumen del criterio jurisprudencial
El oficio de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento reitera a los martilleros concursales la obligación de rendir cuenta detallada de los bienes rematados y publicarla en el Boletín Concursal, conforme a la Ley 20.720. Asimismo, instruye aspectos como el uso del inventario, la entrega de documentación respaldatoria y límites a la comisión, bajo apercibimiento de sanciones administrativas.