Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la reclamación de una funcionaria del Hospital El Peral contra su proceso de calificación. La recurrente alegó la falta de notificación de la precalificación y haber hecho uso de licencia médica durante el período evaluado. El órgano contralor señaló que la normativa aplicable, el decreto N° 1.229, de 1992, del ex Ministerio del Interior, no exige notificar la precalificación, por lo que su omisión no vicia el procedimiento. Además, la calificación sí fue comunicada mediante carta certificada. Respecto a la licencia médica, se determinó que la funcionaria no cumplía con el requisito de haber desempeñado labores por menos de seis meses, ya que su reposo comenzó en la etapa final del período calificatorio, por lo que procedía su calificación. Finalmente, se indicó que las buenas notas anteriores no obligan a la autoridad a asignar un puntaje determinado en procesos independientes.