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El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido contra la Junta Nacional de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ordenando la entrega del sumario administrativo solicitado en el formato requerido. Se consideró que la parte requirente, al tener la calidad de inculpada en el procedimiento administrativo con cargos ya formulados, posee una calidad jurídica privilegiada para acceder a los antecedentes, conforme al artículo 137 del Estatuto Administrativo y al artículo 17 de la ley N° 19.880, sin que se acreditara la causal de reserva invocada. La información deberá entregarse tarjando solo los datos personales de contexto de terceros ajenos al procedimiento, como cédula de identidad, domicilio o teléfonos, según la ley N° 19.628. Además, se ordenó resguardar la identidad de la parte reclamante y se apercibió al organismo con sanciones en caso de incumplimiento, incluyendo la suspensión en el cargo de su superior.

Normas citadas

  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Resolución exenta 015
  • Oficio Ordinario N° 015
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.334
  • Oficio N° 15
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un inculpado en un sumario administrativo acceder a los antecedentes del sumario aunque el organismo invoque reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el inculpado, por tener cargos ya formulados, tiene una calidad jurídica privilegiada para acceder a los antecedentes, y que no se acreditó la causal de reserva invocada, por lo que ordenó la entrega.

¿Qué datos deben tarjarse al entregar un sumario administrativo con información de terceros?

En este caso, el Consejo ordenó entregar la información tarjando solo los datos personales de contexto de terceros ajenos al procedimiento, como cédula de identidad, domicilio o teléfonos, conforme a la Ley N° 19.628.

¿Qué medidas puede ordenar el Consejo para la Transparencia si un organismo no cumple una decisión de amparo?

En este caso, el Consejo ordenó resguardar la identidad de la parte reclamante y apercibió al organismo con sanciones por incumplimiento, incluyendo la suspensión en el cargo de su superior.

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