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La Contraloría General de la República complementa su dictamen N° 10.322, de 2001, sobr…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República complementa su dictamen N° 10.322, de 2001, sobre convenios de intercambio de información celebrados por el Servicio de Impuestos Internos (SII) con empresas privadas. Se pronuncia respecto de denuncias sobre la legalidad de dichos convenios, a la luz de la normativa vigente sobre protección de datos y transparencia. El organismo concluye que, si bien corresponde al SII determinar la celebración y renovación de estos convenios, debe adecuarlos a los nuevos requerimientos legales, especialmente a la prohibición de predicciones de riesgo basadas en información no objetiva y a la obligación de respetar la publicidad de la información pública. Se desestiman las denuncias, ya que los contratos fueron celebrados conforme a la normativa vigente en su momento, y se ordena complementar el pronunciamiento original.

Normas citadas

  • ley 20285 art/primero art/21 num/2
  • ley 20285 art/primero art/1 ley 20285 art/tran art/1
  • ley 19628 art/4 inc/5
  • ley 20575 art/1
  • ley 20575 art/3
  • ley 19628 art/9 inc/fin
  • ley 20285 art/primero art/4
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿El Servicio de Impuestos Internos puede celebrar convenios de intercambio de información con empresas privadas?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que corresponde al SII determinar la celebración y renovación de estos convenios, pero debe adecuarlos a los nuevos requerimientos legales sobre protección de datos y transparencia. Se desestimaron las denuncias porque los contratos se celebraron conforme a la normativa vigente en su momento.

¿Qué límites impone la ley de protección de datos a los convenios de intercambio de información entre organismos públicos y empresas privadas?

En este caso, la Contraloría indicó que los convenios deben respetar la prohibición de elaborar predicciones de riesgo basadas en información no objetiva y la obligación de respetar la publicidad de la información pública. Estas exigencias deben incorporarse a los convenios vigentes.

¿Qué efecto tiene la aplicación de nuevas normas sobre convenios administrativos ya celebrados?

En este caso, la Contraloría resolvió que los convenios celebrados válidamente no se anulan, pero el organismo debe adecuarlos a las nuevas exigencias legales y complementar su dictamen N° 10.322, de 2001.

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