Resumen
La Contraloría General de la República resolvió un recurso en que un particular pedía eliminar su nombre de la publicación, en el sitio electrónico del organismo, de siete dictámenes emitidos en 2015. El organismo recordó que la Ley de Transparencia obliga a los órganos de la Administración del Estado a mantener a disposición del público, a través de sus sitios electrónicos, los antecedentes que la misma norma enuncia. Analizó si concurría una causal de reserva o secreto por afectación de derechos de las personas, y concluyó que la ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada exige consentimiento o autorización legal solo para datos sensibles. Constató que los dictámenes no contenían datos sensibles, pues no aludían a características físicas o morales, hábitos, origen racial, ideologías, creencias, salud o vida sexual. Por ello rechazó la solicitud de eliminar el nombre, y también la de mantener en reserva la identidad en pronunciamientos futuros, por la generalidad de la petición.