Resumen del criterio jurisprudencial
La parte demandada dedujo recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que rechazó su recurso de nulidad, el que a su vez se interpuso contra el fallo que acogió la demanda de despido injustificado. La materia de derecho propuesta para unificar consistía en determinar si, para tener por justificada la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, el tribunal puede exigir que las circunstancias económicas sean de una gravedad tal que hagan imprescindible la separación del trabajador, esto es, como última ratio. La Corte Suprema examinó los requisitos de admisibilidad del recurso de unificación conforme al artículo 483-A del Código del Trabajo. Señaló que el fallo impugnado desestimó el recurso de nulidad porque el juez de la causa analizó detalladamente el fundamento económico invocado por la empresa y concluyó que no era efectivo. La Corte consideró que no se constataba un pronunciamiento sustancial relacionado con la materia de derecho propuesta, por lo que el recurso no podía ser admitido. En consecuencia, declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia.