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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Policía de Investigaciones…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Policía de Investigaciones de Chile, que había denegado el acceso a 22 informes técnicos emitidos por su Comisión Médica, con todos sus antecedentes, mediante los cuales se concedió jubilación por invalidez de segunda categoría por patologías mentales a funcionarios de la institución. La PDI sostuvo que entregar esos antecedentes expondría datos de carácter altamente sensible de sus titulares y afectaría su vida privada. El Consejo rechazó el amparo por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, conciliando el derecho de acceso a la información con la protección de los datos personales, reconocida como derecho fundamental. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOrden y Seguridad Interior

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar informes médicos de funcionarios que obtuvieron jubilación por invalidez si la entrega afecta datos sensibles de salud?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y confirmó la denegación de la PDI, porque se configuró la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia. Concluyó que la protección de los datos personales sensibles de salud prevalece sobre el acceso a esos antecedentes.

¿Cómo se concilia el derecho de acceso a la información pública con la protección de datos personales en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia buscó conciliar ambos derechos, reconociendo la protección de datos personales como derecho fundamental. Resolvió que, tratándose de datos de carácter altamente sensible, debía primar la reserva sobre la publicidad de los antecedentes médicos.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. El plazo es de 15 días corridos desde la notificación de la resolución.

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