Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso en procedimiento general de reclamación, rechazó el reclamo tributario interpuesto por el contribuyente en contra de la resolución ex. dfi. 05.03 n°483 de 05.05.17 que denegó parcialmente una solicitud de devolución impetrada por el contribuyente, pues los intereses pagados por la reclamante con ocasión de un contrato de cuenta corriente mercantil estaban –de acuerdo al contrato respectivo- supeditados a que las partes liquidaran dicho instrumento –cuestión que no se acreditó en autos-, por lo cual dichos desembolsos no pudieron ser considerados como gastos necesarios para producir la renta y por ende, no se pudo dar lugar a la devolución solicitada. al respecto, el contribuyente indicó que celebró un contrato de cuenta corriente mercantil por el cual debió pagar intereses a su contraparte, los que fueron contabilizados en parte como gasto y en parte como activos y que dicho contrato fue objeto de una liquidación. para acreditar sus alegaciones, aportó prueba documental (tablas excel que indicarían la liquidación) y prueba testimonial. frente a los argumentos de las partes y considerando la prueba rendida, el tribunal tributario de valparaíso señaló que en la especie no se acreditó que el contrato de cuenta corriente mercantil se haya concluido o liquidado, por lo cual los desembolsos por concepto de intereses no cumplen con los requisitos del artículo 31 de la ley de la renta, cuestión que en definitiva implicó rechazar la reclamación. la sentencia definitiva fue impugnada a través de un recurso de apelación ante la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso por parte del contribuyente y éste fue rechazado confirmando la sentencia de primera instancia.