Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones que había acogido una acción de protección en contra de la Tesorería General de la República. La recurrente había impugnado el cobro ejecutivo tributario de una deuda originada por el financiamiento de sus estudios superiores conforme a la Ley N°20.027 (CAE). La Corte Suprema razonó que la acción de protección tiene naturaleza cautelar y no constituye una instancia para declarar derechos que requieran debate propio de un procedimiento de lato conocimiento. En consecuencia, al discutir el recurso la naturaleza jurídica del crédito, la competencia del tribunal y el procedimiento aplicable, la Corte concluyó que tales cuestiones exceden la naturaleza cautelar de la acción constitucional, razón por la cual rechazó el recurso de protección.