Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Combarbalá, ordenándose la entrega de información sobre cuantos asesores jurídicos hay en la municipalidad este año y que funciones específicas tiene cada uno, cuantas denuncias por ley Karim han ingresado este 2025, cuantas personas han tenido subidas de sueldo o grado el 2025. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública cuya entrega no se ha acreditado, ni se invocó circunstancias de hecho o causales de secreto o reserva que ponderar. Asimismo, por cuanto, atendido al tipo de función que desempeñan los servidores públicos, éstos están sujetos a un nivel de escrutinio de una entidad mayor, que supone un control social más intenso respecto de sus antecedentes, actuaciones y conducta. Se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, como al principio de oportunidad consagrado en el artículo 11, letra h), del mencionado cuerpo legal, al no haber atendido la solicitud dentro del plazo legal.