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El Consejo para la Transparencia dio por atendida la solicitud de información presentad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia dio por atendida la solicitud de información presentada por la recurrente ante el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual requería copia de su expediente migratorio completo. El amparo se fundaba en la falta de respuesta del órgano requerido. Durante la tramitación, el Servicio proporcionó la información solicitada con ocasión de sus descargos, y el Consejo consultó a la reclamante si estaba conforme con dichos antecedentes, otorgándole un plazo de cinco días hábiles para pronunciarse. Al no existir respuesta dentro del plazo, se aplicó el apercibimiento de tenerla por conforme con la información entregada. En consecuencia, el Consejo acordó dar por atendida la solicitud, ordenando notificar la decisión a las partes. La resolución fue adoptada por unanimidad y en su contra procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la reclamante, dentro de quince días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio Ord. N° 26646
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si el órgano responde a una solicitud de transparencia después de presentarse el amparo y la persona no contesta si queda conforme?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consultó a la reclamante si estaba conforme con la información entregada por el Servicio durante la tramitación y, al no responder en el plazo de cinco días hábiles, la tuvo por conforme y dio por atendida la solicitud.

¿Cómo se impugna una resolución del Consejo para la Transparencia que da por atendido un amparo por acceso a la información?

Según esta resolución, procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la reclamante, dentro de quince días corridos desde la notificación de la decisión.

¿Puede una persona pedir copia de su expediente migratorio mediante la Ley de Transparencia?

En este caso, la reclamante requirió copia de su expediente migratorio completo al Servicio Nacional de Migraciones, y el Consejo dio por atendida la solicitud tras la entrega de la información por parte del órgano requerido.

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