Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona que reclamaba la falta de respuesta a su solicitud de información al Servicio Nacional de Migraciones, relativa al estado de tramitación de unas solicitudes de permanencia definitiva. Durante el procedimiento, el órgano entregó la información en sus descargos y el Consejo consultó a la solicitante si estaba conforme con ella. Vencido el plazo de cinco días hábiles, la parte reclamante no se pronunció, por lo que se le tuvo por conforme. En consecuencia, el Consejo, por unanimidad, dio por atendida la solicitud y ordenó notificar la decisión a las partes. Se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación, y que no procede el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley N° 19.880.