Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de una querella y demanda civil interpuesta por Daniella Ignacia Moreno Tomayo contra Cencosud Retail S.A. por el extravío de un teléfono. En la audiencia de conciliación, las partes llegaron a un avenimiento: Cencosud Retail S.A., sin reconocer responsabilidad, se obligó a pagar $1.479.990 (valor del teléfono) en un plazo de 30 días hábiles, y la demandante se desistió de todas las acciones civiles, penales y contravencionales derivadas del hecho. El tribunal aprobó el avenimiento en todo lo conforme a derecho y, respecto al aspecto infraccional, al no haberse rendido prueba para determinar una infracción a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, resolvió no dar lugar a la querella y archivar los antecedentes, conforme a los artículos 14 y 17 de la Ley 18.287.