Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique que confirmó el fallo de primera instancia. Dicho fallo había rechazado la demanda de acción de in rem verso y la subsidiaria de indemnización de perjuicios derivadas de un contrato de arrendamiento, por estimar que las acciones estaban prescritas. La demandante alegó errores de derecho en la aplicación de la prescripción extintiva, argumentando interrupción natural y renuncia tácita. La Corte Suprema determinó que no hubo infracción, pues la interrupción requiere un acto del deudor que reconozca la obligación, y la renuncia solo opera después de cumplida la prescripción. Los actos invocados por la recurrente (como la restitución del inmueble y la oposición de la excepción de contrato no cumplido) no constituyen reconocimiento ni renuncia. En consecuencia, se confirmó la extinción de las acciones por prescripción.