Resumen del criterio jurisprudencial
La Compañía Contractual Minera Candelaria reclamó contra la Resolución Exenta N° 1.111 de la Superintendencia del Medio Ambiente que le impuso una multa de 5.049 UTA por infracciones a resoluciones de calificación ambiental de su complejo industrial La Candelaria. Las infracciones incluyeron disposición no autorizada de residuos líquidos, instalación incorrecta de un flujómetro, y recepción no autorizada de relaves. El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación, confirmando la sanción de la SMA. La sentencia incluye un voto disidente del ministro Rafael Asenjo que acogió parcialmente la reclamación en cuanto al cargo N° 2, pero rechazó los demás. El tribunal sostuvo que la SMA actuó dentro de sus facultades y que las infracciones estaban debidamente acreditadas.