Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra la Superintendencia de Salud por la negativa a entregar la variable "plan de salud del cotizante" contenida en la base de datos de archivos maestro de contratos. Se configuró la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, pues la entrega de dicha variable, junto a otros datos, permitiría inferir la identidad de las personas mediante el cruce con bases de datos públicas, afectando sus derechos. También se rechazó por improcedente el reclamo sobre la actualización del A.M.P., por exceder lo solicitado originalmente.