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El Consejo para la Transparencia acogió los amparos deducidos en contra del Hospital Re…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió los amparos deducidos en contra del Hospital Regional de Rancagua, relativos a la entrega de un informe sobre el registro de llamadas entrantes a un teléfono 800 durante enero de 2023. Se ordenó derivar el requerimiento al Servicio de Salud O’Higgins, conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, y acreditar dicha derivación ante el Consejo, informándola expresa y fundadamente al reclamante. Lo anterior, porque si bien el hospital señaló haber derivado la solicitud al órgano competente, no se acreditó tal circunstancia en el procedimiento. La decisión advierte sobre las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante el incumplimiento, y notifica a las partes.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un órgano de la Administración del Estado si recibe una solicitud de información que no es de su competencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó derivar la solicitud al órgano competente, conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, y acreditar esa derivación informándola expresa y fundadamente al solicitante. El hospital afirmó haber derivado la solicitud, pero no acreditó esa circunstancia en el procedimiento.

¿Basta con afirmar que se derivó una solicitud de información a otro órgano para cumplir con la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que no basta con afirmarlo: como el hospital no acreditó la derivación en el procedimiento, acogió el amparo. Además, advirtió sobre las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante el incumplimiento.

¿Qué consecuencias puede tener para un órgano público no responder bien una solicitud de acceso a la información?

En este caso, el Consejo acogió los amparos contra el Hospital Regional de Rancagua y advirtió sobre las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento de lo ordenado.

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