Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota, que se había negado a entregar la documentación presentada por un particular para solicitar autorización de una reunión de personas, que dio origen a la resolución exenta Nº718, incluido el formulario de solicitud de permiso para evento masivo. El Consejo estimó que se trata de información de naturaleza pública y desestimó que su entrega afectara derechos del solicitante. Ordenó la entrega, previa tarja de los datos personales de contexto y sensibles conforme al principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia y a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Además, reprochó al órgano reclamado su falta de colaboración por no evacuar los descargos requeridos. La decisión advierte sanciones por incumplimiento, con multa de 20% a 50% de la remuneración y, de persistir la autoridad, el duplo de la multa y suspensión en el cargo, y exige acreditar la entrega efectiva ante el Consejo.