Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Chillán por la negativa a entregar documentación de una propiedad, consistente en permiso de edificación, certificado de recepción definitiva, planos de arquitectura, plano de emplazamiento y especificaciones técnicas. El organismo condicionaba la entrega al pago previo de costos de reproducción, lo que el Consejo estimó contrario a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N°10. Asimismo, ordenó que, antes de la entrega, se tarjen los datos personales de contexto y sensibles conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada, en aplicación del principio de divisibilidad. La resolución dispuso que la municipalidad entregue la información en un plazo de 5 días hábiles desde que quede ejecutoriada y acredite su cumplimiento ante el Consejo, bajo apercibimiento del artículo 46 de la ley. Contra la decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.