Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la inhabilidad prevista en el artículo 12 de la Ley N° 19.664, que sanciona a profesionales que, habiendo recibido una beca o comisión de estudios, dejan de cumplir su periodo asistencial obligatorio (PAO) en el sector público de salud. El organismo concluyó que la declaración de inhabilidad no requiere un procedimiento disciplinario previo, pero que el servicio de salud debe otorgar al interesado la posibilidad de formular descargos antes de imponerla, conforme al principio de contradictoriedad de la Ley N° 19.880. En el caso, el profesional había renunciado a su cargo en el Servicio de Salud Magallanes antes del término de la práctica, comprometida mediante un pagaré. Las razones alegadas, como condiciones climáticas, motivos familiares y de salud, no configuraban fuerza mayor, porque la ley sólo permite cambiar de servicio con acuerdo de ambos servicios de salud y en casos calificados. Por ello, la Contraloría estimó que la inhabilitación se ajustó a derecho.