Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información interpuesto contra la Municipalidad de Los Muermos. El requerimiento apuntaba a antecedentes financieros del municipio correspondientes a un período determinado, así como al acta de entrega de la gestión alcaldicia anterior. El Consejo estimó que se trataba de información pública que debía obrar en poder del municipio, que no se invocó ninguna causal de secreto o reserva del artículo 21 de la Ley de Transparencia y que no se acreditó su entrega. Se ordenó al municipio entregar la información en el plazo legal, bajo apercibimiento del artículo 46, y acreditar su entrega ante el Consejo. Si alguna parte de la información no existe en sus registros, deberá señalarlo expresa y fundadamente. Además, se representó al alcalde la infracción al plazo de respuesta del artículo 14 y al principio de oportunidad del artículo 11 letra h), por no haber respondido oportunamente. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.