Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos contra el Servicio Agrícola y Ganadero, que se habían negado a entregar información sobre predios, uso de plaguicidas y producción de organismos genéticamente modificados. El organismo había invocado la causal de reserva por distracción indebida de sus funcionarios, pero el Consejo la desestimó por no haber acreditado sus presupuestos, considerando que las causales de secreto o reserva deben aplicarse de forma restrictiva. Se ordenó entregar la información requerida, previo tarjado de los datos personales de contexto, como domicilio, teléfono, correo electrónico y RUT, en aplicación del principio de divisibilidad. Se fijó un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega, bajo apercibimiento legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.