Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una ciudadana en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, que había requerido copia de los antecedentes relativos al proceso de apelación de una licencia médica suya. El organismo no acreditó haber agotado todos los medios disponibles para la búsqueda y entrega de la información, por lo que se ordenó su entrega. Considerando que los antecedentes contienen datos personales y sensibles de la requirente, la entrega deberá realizarse de forma presencial, previa acreditación de identidad del solicitante o su apoderado, conforme a la Instrucción General N°10. Si la documentación no existe, deberá informarse esa circunstancia en la sede de cumplimiento. Se advierte que el incumplimiento podrá ser sancionado con multa conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, y que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.