Administrativo

Contrataciones a honorarios de las recurrentes corresponden a aquellas definidas en el…

Resumen del criterio jurisprudencial

Contrataciones a honorarios de las recurrentes corresponden a aquellas definidas en el inciso segundo del artículo 11 de la ley N° 18.834, por lo que a la época de su finalización, estas se encontraban protegidas por el fuero maternal. Se rechaza solicitud de reconsideración.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.