Resumen
La Contraloría General de la República no tomó razón de la Resolución N° 108, de 2012, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros, que aprobó las bases administrativas, anexos y texto del contrato de una licitación privada para la adquisición de revólveres calibre 38 con dos cargadores rápidos. El organismo representó el acto porque el punto 4.3 letra b) de las bases exigía al oferente adjudicado una declaración simple de no registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, lo que no se ajusta al inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 19.886. Según el dictamen, esa norma no impide celebrar el contrato cuando el adjudicado presente esas deudas, sino que establece el procedimiento a seguir en tal caso, criterio que aplica un pronunciamiento anterior sobre la misma materia.