Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por Corporación Club de La Unión de Santiago respecto de los artículos 472 y 507 inciso quinto del Código del Trabajo. La requirente impugnaba la resolución del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago que declaró la existencia de unidad económica entre ella y Unión Inmobiliaria S.A., ordenando proseguir la ejecución solidariamente contra esta última, así como la declaración de inadmisibilidad del recurso de apelación por la Corte de Apelaciones de Santiago fundada en el artículo 472 del Código del Trabajo. Sostuvo que tales normas vulneraban el artículo 19 N°3 inciso sexto de la Constitución, al impedirle acceder a un recurso de apelación efectivo para revisar la declaración de empleador único. El Tribunal concluyó que la aplicación de los preceptos impugnados no resulta inconstitucional en el caso concreto, confirmando la decisión de inadmisibilidad del recurso de apelación. Una minoría de Ministros estuvo por acoger la acción, estimando que la exclusión del recurso de apelación no resulta conciliable con las exigencias de racionalidad y justicia que el artículo 19 N°3 inciso sexto impone al legislador.